Gestiones para transmisiones y licencias de coches, furgonetas, camiones, remolques, motos, autocaravanas, etc.
Especialistas en gestiones de tráfico en León.
Si piensa cambiar de titularidad, adquirir por herencia o adjudicación judicial o bien vender o comprar un coche usado o cualquier otro automóvil de segunda mano, en Gestoría EMDATI le ofrecemos un SERVICIO INTEGRAL DE MATRICULACIÓN Y TRANSFERENCIA DE VEHÍCULO, COCHE, MOTO, CICLOMOTOR, FURGONETA, ETC., que incluye el pago de impuestos o tasas de Tráfico y autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León. Todo ello por un precio muy ajustado y muy competitivo en León.
Gestoría EMDATI trabaja con la DGT online, tanto para empresas de compraventa de automoción, empresas de compraventa de coches usados, seminuevos y de ocasión, así como para particulares o sociedades que compran, venden o transfieren vehículos automóviles de segundamano, ya sean coches, motos, furgonetas, camiones, vehículos agrícolas, vehículos históricos, etc. Tramitación de altas, bajas, modificaciones, matriculaciones y compraventas. Obtención de documentación original y duplicados.
Contamos con un profesional Gestor Autorizado por la D.G.T., que se encarga de todos los trámites, proporcionando al comprador o adquirente el JUSTIFICANTE PROFESIONAL PARA QUE PUEDA CIRCULAR DE INMEDIATO, sin demoras ni pérdidas de tiempo. Cuando tengamos el permiso de circulación definitivo a nombre del nuevo titular, nos pondremos en contacto con usted de inmediato para que recoja la documentación o bien, si lo prefiere, se la enviamos por correo certificado o por mensajería a la dirección que nos indique.
Otros servicios habituales de Gestoría EMDATI que prestamos de manera inmediata, “online”, con Tráfico son la matriculación de coches o de vehículos, renovación del Carnet de Conducir o la solicitud de Informes de Tráfico al instante.
Nuestro Gestor de Tráfico se preocupa desde el comienzo de cualquier expediente de Tráfico, nos encargamos personalmente de mantenerle informado y de asesorarle jurídicamente en cuantas dudas puedan surgirle en la realización de las gestiones necesarias.
Nuestros SERVICIOS como GESTORÍA de TRÁFICO más habituales son:
INFORMES DE VEHÍCULOS DGT ON-LINE
A través del número de matrícula, el número de bastidor o el NIVE podemos obtener en el instante un INFOME DETALLADO de la DGT del vehículo que le facilitará el estado actual del mismo con la seguridad jurídica que implica a la hora de hacer efectiva la transmisión de un vehículo. Este trámite es esencial para realizar cualquier operación de compraventa de un vehículo puesto que no solo podrá tener conocimiento del titular, características técnicas, domicilio donde radica, número de titulares anteriores, situación administrativa del mismo, fecha de caducidad de la ITV así como las cargas o gravámenes que impidan la transmisión del mismo. El procedimiento es económico, sencillo e inmediato y en apenas cinco minutos conocerá la situación actual del vehículo que tiene intención de comprar y se lo remitiremos vía fax o al correo electrónico que nos haya facilitado. Tenga en cuenta que el informe de Tráfico del vehículo también es necesario para solicitar un duplicado de la ficha técnica en cualquier estación de I.T.V.TRANSFERENCIA DE VEHÍCULOS
Es muy importante para realizar cualquier notificación de venta ó transferencia de un vehículo, obtener ONLINE una nota informativa del vehículo de la DGT para determinar si el vehículo tiene alguna incidencia, embargo, deudas o cargas, impuesto municipal del año anterior pagado, etc. Ya que antes de solicitar el cambio de titularidad del vehículo se deberá: - Cancelar cualquier limitación de disposición que figure inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo que exista consentimiento expreso de la financiera. - Abonar las sanciones impuestas por infracciones de transportes anotadas en el Registro de Vehículos. - Liquidar el impuesto de circulación del año anterior. Para la NOTIFICACIÓN DE VENTA de un vehículo la documentación necesaria es la siguiente: - Permiso de Circulación y Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo. - Identificación del interesado. En el caso de personas físicas: DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia o pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros y en el caso de personas jurídicas: CIF, acreditación de representación de personas jurídicas y el NIF de la persona firmante en representación de la entidad mercantil. Nota: en el caso de menores o incapacitados se necesitará para la tramitación los datos y firma del padre, madre o tutor, así como su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen. - Contrato de compraventa o factura, en el caso de personas jurídicas. - En el caso de los vehículos agrícolas, se necesitará documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la CCAA correspondiente.A tener en cuenta
- Si el vehículo se transmite a un compraventa, la notificación de transmisión supone su BAJA TEMPORAL. - Si el vehículo se ha transmitido a un particular se anotará el cambio de titularidad pero no se expedirá el permiso de circulación. Para la TRANSFERENCIA de un vehículo la documentación necesaria es la siguiente: - Permiso de Circulación (si no ha habido notificación de venta previa) y Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo. - Identificación del comprador. En el caso de personas físicas, se necesitaría el DNI original, permiso de conducción español, tarjeta de residencia o pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros y en el caso de personas jurídicas: CIF, acreditación de representación de personas jurídicas y el NIF de la persona firmante en representación de la entidad mercantil. Nota: en el caso de menores o incapacitados se necesitará para la tramitación los datos y firma del padre, madre o tutor, así como su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen. - Identificación del vendedor: fotocopia de alguno de los documentos acreditativos consignados. En caso de que previamente se haya presentado notificación de venta no será necesario el requisito de identificación del vendedor. - Contrato de Compraventa o factura en el caso de personas jurídicas. En supuestos de separación, divorcio o ruptura del vínculo con el titular del vehículo: sentencia, convenio regulador,… - Justificante de pago/ exención/ no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales liquidado en la CCAA del adquirente del vehículo, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad en cuyo caso, se aportará factura.A tener en cuenta
- En el caso de que se trate de vehículos agrícolas, documento acreditativo de la Inscripción en el Registro de Oficial de Maquinaria Agrícola de la CCAA. - Se necesitará Certificado de Transporte, en aquellos casos que se trate de un autobús ó un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT. - En supuestos de transferencia por fallecimiento, hay que presentar a parte del justificante de liquidación del Impuestos de Sucesiones, la declaración responsable sobre la adquisición del vehículo. - La existencia de orden de precinto impedirá la expedición del permiso de circulación.BAJAS DE VEHÍCULOS
La baja del vehículo es un trámite por el cual su propietario comunica a la DGT que lo retira de la circulación bien sea de manera temporal ó definitivamente. Como nota a destacar, no se podrá tramitar la baja, tanto temporal como definitiva, si existe anotado un precinto siendo preciso cancelarlo previamente. BAJA DEFINITIVA. Por medio de este trámite comunicamos a la DGT la retirada de manera definitiva de la circulación del vehículo Las bajas definitivas las tramitan directamente los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos o Desguaces (CAT). Se debe entregar junto con el vehículo la documentación del mismo y éste te deberá entregar un justificante de baja definitiva, en el que se indicará claramente que se trata de una baja definitiva y en el que constan tanto los datos del vehículo como los del CAT que ha tramitado la baja. BAJA DEFINITIVA por traslado del vehículo a otro país. Por medio de este trámite estamos comunicando a la DGT la baja del vehículo por traslado al extranjero, causando baja de manera definitiva en el registro de vehículos de la DGT. BAJA TEMPORAL. En caso de querer apartar de la circulación cualquier vehículo, ya sea moto, coche, etc. a fin de no seguir pagando el impuesto de circulación y seguro correspondiente, se puede pedir la baja temporal de su vehículo en Tráfico. Esta baja temporal permite la opción de poder rehabilitarlo en el futuro, en el caso de que le interese volverlo a poner en circulación más adelante. Los motivos para dar de baja temporal su vehículo pueden ser de índole personal, por entrega a un compraventa ó por sustracción del mismo. Aspectos a tener en cuenta:- En el caso de los vehículos agrícolas a parte de la documentación anterior, necesitamos el documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la CCAA correspondiente.
- En el caso de una baja definitiva por traslado a un país que no pertenezca a la UE, se habrá de presentar una declaración responsable en la que conste que el vehículo no es un residuo.
- En el caso de baja temporal por sustracción. Por norma general, éstas son comunicadas automáticamente por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en el momento en que se formaliza la denuncia y en caso de no ser así, se deberá presentar la denuncia de sustracción de vehículo.